MIVI reglamenta plan de uso de suelo
HERMES SUCRE SERRANO
hsucre@prensa.com
La flexibilización del sistema que regula el uso del suelo, para analizar oportunidades de desarrollo de actividades económicas, residenciales, de generación de empleos y asentamientos humanos, es uno de los principales objetivos de la reglamentación de la Ley No. 79 de 23 de diciembre de 2003.
Dicha norma hace adiciones a la Ley No. 21 de 2 de julio de 1997 que aprueba el Plan Regional para el Desarrollo de la Región Interoceánica y el Plan General de Uso, Conservación y Desarrollo del Area del Canal.
La finalidad general de la ley es normar el desarrollo de las actividades comerciales, industriales, residenciales y de servicio comprendida dentro del área Este de la Cuenca Hidrográfica del Canal de Panamá de forma que satisfagan las necesidades básicas de la población y que al mismo tiempo sean cónsonas con las acciones de protección y conservación de la cuenca.
Para los efectos de esta ley, se aplica el concepto de uso especial sobrepuesto en las categorías de ordenamiento territorial II y III del Plan Regional en las siguientes áreas: recursos urbanísticos y culturales, áreas de recursos turísticos y ecoturísticos, de investigación científica y áreas protegidas para diferentes usos y para el manejo y conservación de la cuenca, áreas de proyectos de desarrollo y áreas para desarrollos urbanos especiales.
Mediante resolución expedida por el Ministerio de Vivienda y publicada en la Gaceta Oficial del pasado martes 30 de marzo de 2004 se crea la comisión Técnica Interinstitucional de Análisis de Uso Sobrepuesto, adscrita a la Dirección General de Desarrollo Urbano del MIVI. Esta dependencia se encargará de evaluar las solicitudes para la aplicación del concepto de tratamiento especial sobrepuesto.
Dicha comisión estará integrada por representantes de la Dirección de Desarrollo Urbano (será la coordinadora), Autoridad del Canal de Panamá (ACP), Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), Ministerio de Salud, Ministerio de Comercio e Industrias, un representante de la Corregiduría del sitio y un representante del X Comité Técnico Permanente de la Comisión Interinstitucional de la Cuenca Hidrográfica del Canal (CICH).
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