Panamá, 13 de agosto de 2003
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Aprueban programa de alimentación para obreros

JULIO CESAR AIZPRÚA
jaizprua@prensa.com

Mediante la Ley No.59, de 7 de agosto de 2003, aparecida ayer en Gaceta Oficial, se autorizó la creación del programa de alimentación para los trabajadores, aplicable a las empresas privadas e instituciones públicas.

Los vales de alimentación, que tendrán un valor máximo de 100 dólares mensuales, únicamente podrán ser canjeados por alimentación balanceada y transferidos al cónyuge o compañera permanente, a los hijos o a los padres.

De acuerdo a la nueva legislación, solo serán beneficiados con el presente programa los trabajadores que devenguen salarios hasta 500 dólares mensuales.

Según se informó, la medida tiene como finalidad mejorar el estado nutricional de los trabajadores, a fin de fortalecer su salud, prevenir las enfermedades profesionales, mejorar las relaciones obrero-patronales e incentivar una mayor productividad.

La legislación indica que la adopción del programa, tanto en las empresas privadas como en las entidades públicas, “es de aceptación voluntaria”.

Mediante el presente programa, indica la ley, empresas especializadas podrán expedir vales de alimentación, los cuales adquirirán tanto las instituciones públicas como las empresas privadas que se hayan acogido al programa, y los entregarán sin costo alguno a sus trabajadores, para que estos los utilicen en la adquisición de comidas balanceadas durante las jornadas de trabajo.

La legislación reitera que los vales de alimentación se expedirán exclusivamente para la compra de alimentos.


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